Boletín Oficial de la República Argentina del 03/04/2019 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Boletín Oficial Nº 34.087 - Primera Sección
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Miércoles 3 de abril de 2019

Decretos

MARCAS YDESIGNACIONES
Decreto 242/2019
DECTO-2019-242-APN-PTE - Ley N22.362. Reglamentación.

Ciudad de Buenos Aires, 01/04/2019
VISTO el Expediente NEX-2018-42178918-APN-DOINPI, las Leyes Nros. 24.481 T.O. 1996 y sus modificatorias, 22.362, sus modificaciones y 27.444 y los Decretos Nº260 de fecha 20 de marzo de 1996 y N558 de fecha 24 de marzo de 1981 y su modificatorio,y CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley Nº24.481 T.O. 1996 y sus modificatorias reglamentada por el Anexo II del Decreto Nº260/96
se creó el INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL INPI, como organismo autárquico en el ámbito del entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS, erigiéndolo como la Autoridad de Aplicación de la citada Ley y de la Ley Nº22.362 y sus modificaciones, entre otras.
Que por la Ley N22.362 y sus modificaciones se estableció el régimen de Marcas y Designaciones.
Que mediante la Ley Nº27.444 de Simplificación y Desburocratización para el Desarrollo Productivo de la Nación se introdujeron modificaciones a la Ley Nº22.362 y sus modificaciones.
Que por la mencionada Ley se dispuso que el INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL INPI, organismo descentralizado actuante en el ámbito del ex MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, actual MINISTERIO DE
PRODUCCIÓN Y TRABAJO, tendrá entre sus funciones la de establecer, modificar y eliminar aranceles en relación a los trámites que se realicen ante el mismo, inclusive aquellos tendientes al mantenimiento del derecho del titular, y administrar los fondos que recaude por el arancelamiento de sus servicios.
Que, a fin de garantizar el logro de los objetivos planteados por las normas mencionadas, resulta necesario el dictado de aquellas disposiciones fundamentales para su aplicación y establecer los criterios que regirán su interpretación.
Que el artículo 31 de la Ley N22.362, en su parte final, establece que el PODER EJECUTIVO NACIONAL podrá actualizar el monto de la multa prevista, cuando las circunstancias así lo aconsejen.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO ha tomado la intervención que le compete.
Que el presente decreto se dicta en ejercicio de las facultades conferidas al PODER EJECUTIVO NACIONAL por el artículo 99, inciso 2 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y el artículo 31 de la Ley N22.362 y sus modificatorias.
Por ello, ELPRESIDENTE DELANACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Apruébase la reglamentación de la Ley Nº22.362 y sus modificaciones, que como Anexo IF-201919510266-APN-INPIMPYT, forma parte integrante de la presente medida.
ARTÍCULO 2º.- Derógase el Decreto N558 de fecha 24 de marzo de 1981 y su modificatorio.
ARTÍCULO 3º.- La presente medida entrará en vigencia a partir de los SESENTA 60 días de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
MACRI - Marcos Peña - Dante Sica NOTA: El/los Anexo/s que integra/n estea Decreto se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.
gob.are. 03/04/2019 N21732/19 v. 03/04/2019

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Boletín Oficial de la República Argentina del 03/04/2019 - Primera Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

CountryArgentina

Date03/04/2019

Page count117

Edition count9316

First edition02/01/1989

Last issue25/04/2024

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