Boletín Oficial de la Provincia de Corrientes del 23/12/2024
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Corrientes
MUNICIPALIDAD DE SAN COSME
DEPARTAMENTO EJECUTIVO
C. Por conservación de calles y caminos que se hallan fuera del radio urbano la tasa fijada será de de U.T. por metro lineal de frente mensualmente.
D. Por recolección de residuos domiciliarios la tasa mensual será de 3 UT.
E. Por los servicios de corte de pasto en predios privados se abonará 1 UT por metro cuadrado.
F. Por los servicios de extracción de residuos que no corresponda al servicio normal por cada viaje de camión se cobrará el valor de 20 UT.
G. Por los servicios de desinfección de casas, departamentos, oficinas y comercios se abonará 1
UT por metro cuadrado.
H. Los terrenos baldíos comprendidos dentro de los incisos A, B y C sufrirán el 300 % de recargo sobre las tasas asignadas.
Art.6. Por los servicios sobre caminos periféricos con inmuebles ubicados en la zona rural o suburbana dentro del ejido de la Municipalidad de San Cosme fijase las siguientes tasas anuales:
Por los inmuebles que no estén ubicados sobre los caminos rurales mejorados, para que se beneficien por tener acceso al mismo. La tasa será de 1 UT por ha, o cada vez que solicite su mantenimiento de manera extraordinaria.
Art. 7. PODA DE ARBOLES: De acuerdo a lo establecido en la Ordenanza N120/16. Autorizando al Poder Ejecutivo a convertir por resolución los valores de la anterior UT por la aprobada en la presente Ordenanza.
III DERECHO DE ACTUACION ADMINISTRATIVA
Art.8. Por cada Actuación Administrativa que presente a la Municipalidad, deberán pagarse los derechos que a continuación se indican:
1. ESPECTACULOS PUBLICOS
Art.9. Las entidades organizadoras de espectáculos y diversiones públicas, funciones de circo, reuniones danzantes y/o cualquier otra actividad que se relacione, deberán ser previamente autorizados por el Departamento Ejecutivo Municipal y pagarán como se indica a continuación:
A. Por cada Baile o Show 100 UT.
B. Por cada espectáculo público en general se abonarán 50 UT
C. Por cada solicitud que efectúen los Parques de Diversiones o Circos para su instalación, se abonará por día 15 UT.
D. Alquiler del Patio Municipal de Deportes para eventos familiares, se abonará 60 UT.
E. Alquiler del Patio Municipal de Deportes para otros eventos pagarán 120 UT.
F. Por permiso para realizar eventos públicos en el complejo La Totora se cobrarán 1500
UT. sujeto a aprobación del municipio de acuerdo a las fechas no turísticas y adicionalmente abonarán 20 UT por el sellado de las entradas o localidades por cada cien 100. NO INCLUYE EL USO DE LAS AGUAS CORRESPONDIENTES A LA LAGUNA TOTORA.
G. Alquiler Polideportivo Municipal para eventos familiares, se abonará 60 UT.
H. Alquiler Complejo La Totora para eventos familiares, se abonarán 100 UT.
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