Boletín Oficial de la Provincia de Corrientes del 18/12/2024

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Corrientes

Nº 29.139

CORRIENTES, 18 DE DICIEMBRE DE 2024

Sección Administrativa Decretos Decreto Nº 2982
Corrientes, 20 de noviembre de 2024

Dr. Gustavo Adolfo Valdés
Dr. Pedro Braillard Poccard
C. P. Miguel Angel Olivieri Ministro Coordinación y Planificación
Dr. Carlos José Vignolo
Lic. Práxedes Ytatí López Ministra de Educación
Dr. Ricardo Alberto Cardozo Ministro de Salud Pública
Ing. Claudio Horacio Anselmo
Dra. Herminda María Gabur Ministro Industria, Trabajo y Comercio
Dr. Vallejos Alfredo Ministro de Seguridad
Sr. Osvaldo Claudio Polich
Sr. Gustavo Adan Gaya
Visto:
El expediente N 953-01080-2024 del registro del Ministerio de Desarrollo Social;
y Considerando:
Que el Ministerio de Desarrollo Social solicita un refuerzo presupuestario con el objeto de afrontar erogaciones que hacen a la refacción y reparación del Hogar de Ancianos San Vicente de Paul de Santa Lucia.
Que el Ministerio de Hacienda y Finanzas, de acuerdo a las disponibilidades, cederá el crédito presupuestario necesario al Ministerio de Desarrollo Social con el objeto de afrontar los gastos mencionados.
Que el artículo 15 de la Ley N 6.660 de Presupuesto 2024 faculta al Poder Ejecutivo para que, por intermedio del Ministerio de Hacienda y Finanzas, autorice por decreto las modificaciones presupuestarias que impliquen traspasos de partidas entre distintas Entidades cuando existan razones debidamente justificadas.
Que el artículo 34 tercer apartado de la Ley Nº 5.571 de Administración Financiera establece que, cuando el Poder Ejecutivo disponga modificaciones presupuestarias que impliquen refuerzos de partidas, deberá instrumentarlo mediante decreto enviando copia del mismo al Poder Legislativo.
Por ello, y en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 162, incisos 1 y 2, de la Constitución de la Provincia de Corrientes, El Gobernador de la Provincia Decreta:
ARTÍCULO 1: APRUÉBASE la modificación presupuestaria de gastos N
365/2024 de la Jurisdicción 02Ministerio de Hacienda y Finanzas la que, como anexo, forma parte del presente decreto.
ARTÍCULO 2: COMUNÍQUESE a la Honorable Legislatura provincial, en cumplimiento a lo establecido en el artículo 34, tercer apartado, de la Ley Nº 5.571 de Administración Financiera.
ARTÍCULO 3: EL presente decreto es refrendado por los Ministros de Hacienda y Finanzas y de Desarrollo Social.
ARTÍCULO 4: COMUNÍQUESE, publíquese, dese al Registro Oficial, líbrese copia al Honorable Tribunal de Cuentas, Dirección General de Presupuesto, Contaduría General de la Provincia y pásese al Ministerio de Desarrollo Social, a sus efectos.
Dr. Gustavo Adolfo Valdés C.P. Marcelo Rivas Piasentini Sr. Gustavo Adán Gaya
Ministro de Desarrollo Social
Dr. Juan José López Desimoni
Ing. Alejandra Eliciri Ministra de Turismo
Dr. Horacio David Ortega C.P. Jorge Antonio Gómez Ministro de Ciencia y Tecnología
Decreto N2983
Corrientes, 20 de noviembre de 2024
El Gobernador de la Provincia Decreta:
ARTÍCULO 1: SUPRÍMASE en la jurisdicción: 14 Ministerio de Desarrollo Social, Unidad de Organización: 06 Dirección de Administración, el siguiente cargo:
1 Personal Permanente 020 Personal de Administrativo y Técnico 024 1
Total 1
ARTÍCULO 2:INCORPÓRASE a la Jurisdicción: 02 Ministerio de Hacienda y Finanzas, Unidad de Organización: 10- Dirección General de Personal, el siguiente cargo:
1 Personal Permanente
PAG. Nº 2

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Boletín Oficial de la Provincia de Corrientes del 18/12/2024

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Corrientes

CountryArgentina

Date18/12/2024

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Edition count705

First edition09/11/2020

Last issue24/04/2025

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