Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 02/12/2019

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

Viedma, 2 de Diciembre de 2019

BOLETIN OFICIAL N 5830

3

Que el presente Decreto se dicta en uso de las facultades conferidas por el DECRETO Nº 1575
Artículo 181 Inciso 1 de la Constitución Provincial;
Viedma, 12 de Noviembre de 2019.Por ello:
Visto: el Expediente N 58054-MTCDMA-2019, del registro del Ministerio de Turismo, Cultura y Deporte, y;
El Gobernador CONSIDERANDO:
de la Provincia de Río Negro DECRETA:
Que por el mismo se tramitan las promociones automáticas del personal Artículo 1.- Promover en forma automática en las Categorias y desde de la Planta Permanente de la Secretaría de Cultura dependiente del Ministerio las fechas en las que en cada caso corresponda, de acuerdo a la Planilla Anexa de Turismo, Cultura y Deporte, quienes reúnen los requisitos de permanencia en la categoria, conforme a lo establecido en los Artículos 12, 15 y 23 de I, que forma parte integrante del presente Decreto, al Personal de la Secretaria los Agrupamientos Administrativo, Profesional y Servicio de Apoyo, de Cultura de la Provincia de Río Negro dependiente del Ministerio de Turismo, Cultura y Deporte, en cumplimiento a los Artículos 12, 15 y 23
respectivamente del Anexo II de la Ley L N 1.844 para ascender a la del Anexo II de la Ley L N 1.844.Categoria próxima superior;
Que a fojas 04/34 obran las certificaciones de servicios del Área de Art. 2.- Por el Departamento de Liquidaciones y Sueldos de la Recursos Humanos de la Secretaria de Cultura, dependiente del Ministerio de Secretaria de Cultura del Ministerio de Turismo, Cultura y Deporte, procédase Turismo, Cultura y Deporte;
a la liquidación de las diferencias de las Categorías desde la fecha que en cada caso corresponda, por los motivos expuestos en el presente Que a fojas 110 ha tomado intervención la Subsecretaria de Presupuesto Decreto.del Ministerio de Economía en los términos del Artículo 35 de la Ley N
5.334 para el período 2019;
Art. 3.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministro de de Turismo, Cultura y Deporte.Que han tomado debida intervención los Organismos de Control, la Art. 4.- Registrar, comunicar, publicar, tomar razón, dar al Boletín Asesoria Legal de la Secretaria de Cultura dependiente del Ministerio de Turismo, Cultura y Deporte, la Secretaria de la Función Publica, y la Fiscalía Oficial y archivar.de Estado mediante Vista N 05021-19;
WERETILNECK.- M. A. Velez.
Planilla Anexa al Decreto Nº 1575

oOo Que en cumplimiento de las normas señaladas y conforme los alcances DECRETO Nº 1584
que las mismas determinan, corresponde promover y reubicar al personal Viedma, 12 de Noviembre de 2019.que revista en el Escalafón de la Ley L N 1.904, al reunir los requisitos Visto: el Expediente N 213.274-S-2.018, del Registro del Ministerio de exigidos;
Salud, y;
CONSIDERANDO:
Que a fojas 63 ha intervenido la Subsecretaria de Presupuesto, dándose cumplimiento a lo normado por el Artículo 35 de la Ley N
Que mediante el mismo se tramitan las promociones automáticas de los agentes comprendidos en la Ley L N 1.904, con funciones en los distintos 5.334;
Que han tomado debida intervención los Organismos de Control, la Hospitales y en Organismo Central dependientes del Ministerio de Salud;
Asesoría Legal de la Subsecretaría de Recursos Humanos y Capacitación del Que a fojas 64 a 114 obran las Certificaciones elaboradas por la Subsecretaria de Recursos Humanos y Capacitación;
Ministerio de Salud, la Secretaría de la Función Pública y la Fiscalía de Estado mediante Vista N 04948 -19 a fojas 118;
Que el Artículo 8 de la Ley L N 1.904 establece: que las promociones a Que el presente Decreto se dicta en uso de las facultades conferidas por el los Grados subsiguientes se harán cada cuatro 4 años de servicios consecutivos, en zonas inhóspitas o cada cinco 5 años de servicios en las demás zonas;
Artículo 181 Inciso 1 de la Constitución Provincial;
Que teniendo en cuenta lo interpretado por la Junta de Reclamos, Ley L
Por ello:
N 3.052, mediante Resolución N 20 de Febrero de 2.002, para el caso de El Gobernador de la Provincia de Río Negro promoción automática del personal comprendido en el Escalafón de la Ley DECRETA:
L N 1.844, mediante Acta N 02/07 del Consejo Provincial de la Función Pública y Reconversión del Estado, se establece por excepción y hasta tanto Artículo 1.- Promover a los Grados y desde las fechas que en cada caso se indica, a los agentes comprendidos en la Ley L N 1.904 con funciones en se implemente el Escalafón aprobado por la Ley L N 3.487, la dispensa del los distintos Hospitales y en Organismo Central dependientes del Ministerio cumplimiento de la exigencia de evaluación anual para todos aquellos casos en los que la Ley N 1.904 y sus normas reglamentarias lo requiera a efectos de Salud que se detallan en el Anexo que forma parte integrante del presente de la promoción automática de técnicos y profesionales de la salud;
Decreto.-

Firmado Digitalmente por PAULINA BELEN OJEDA FERNANDEZ - Su validación se efectúa en http rionegro.gov.ar/download/boletin/5830.pdf

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 02/12/2019

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

CountryArgentina

Date02/12/2019

Page count44

Edition count1903

First edition03/01/2002

Last issue25/03/2024

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