Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 28/06/2018

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

Viedma, 28 de Junio de 2018

Nº 5682

Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº 1.305.136
PUBLICACION BISEMANAL
AÑO LIX
EDICION DE 38 PAGINAS

SECRETARIA LEGAL Y TECNICA
Tel. 02920 - 423512 Fax 02920-430404
Laprida 212 - 8500 Viedma
Sumario en Pág. 38

DECRETO DE NECESIDAD
Y URGENCIA

DECRETO D.N.U. Nº 01
Art. 181 Inc. 6º de la Constitución Provincial Viedma, 26 de Junio de 2018.
Visto el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 01/18, de fecha 31-01-18, publicado en el Boletín Oficial Nº 5641. Se promulga de conformidad al Artículo 181º Inciso 6, último párrafo de la Constitución Provincial.
Registrado bajo el Nº de Ley Cinco Mil Doscientos Ochenta y Seis 5286.
Comuníquese, publíquese, tómese razón, dése al Boletín Oficial y Archívese.
Nelson Américo Cides, Secretario General.
oOo
DECRETO

DECRETO Nº 540
Viedma, 15 de Mayo de 2018.
Visto: El Expediente N 1.109-SFP-2018 del Registro del Ministerio de Economía. y;
CONSIDERANDO
Que por el presente se tramita la aprobación del manual de misiones y funciones para el personal comprendido en el agrupamiento servicio de apoyo que presta funciones efectivas en establecimientos educativos dependientes del Ministerio de Educación y Derechos Humanos de la Provincia de Río Negro;
Que cl mismo establece las funciones en general y en particular del personal comprendido, la modalidad de prestación de servicio, el régimen horario, los turnos y el perfil requerido;
Que asimismo define el radio escolar previendo la itinerancia como circunstancia excepcional cuando existan razones de servicio debidamente acreditadas y siempre dentro del radio escolar, respetando la franja horaria en la que fue designado el personal involucrado;
Que han tomado debida intervención los organismos de control, la Secretaría de la Función Pública, el Ministerio de Economía, el Ministerio de Educación y la Fiscalía de Estado mediante Vista N 01760-18;
Que el presente Decreto se dicta en uso de las facultades establecidas en el artículo 181 inciso 1 de la Constitución Provincial;
Por ello, El Gobernador de la Provincia de Río Negro DECRETA:
Artículo 1.- Aprobar el manual de misiones y funciones para el personal comprendido en el agrupamiento servicio de apoyo de la Ley L N 1.844 que presta servicios efectivos en los establecimientos educativos dependientes del Ministerio de Educación y Derechos Humanos, que como Anexo Único integra el presente Decreto.

Art. 2.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministro de Educación y Derechos Humanos y por el Señor Ministro de Economía.
Art. 3.- Registrar, comunicar, publicar, tomar razón, dar al Boletín Oficial y archivar.WERETILNECK. M. E. Silva. A. Domingo.

ANEXO UNICO DECRETO N 540/18
MANUAL DE MISIONES Y FUNCIONES DEL PERSONAL
DE SERVICIO DE APOYO PSA
Artículo 1º.- PERSONAL COMPRENDIDO
El personal encuadrado en el agrupamiento Servicio de Apoyo de la Ley L N 1844 que se desempeñe en Establecimientos Educativos dependientes del Ministerio de Educación y DDHH de la Provincia de Río Negro.
Art. 2 - FUNCIONES DEL PSA
Cumplir con las tareas propias que surjan del cargo para el cual fue designado para no afectar el normal funcionamiento del servicio.
Cumplir con las directivas del Jefe de Radio y/o Director del establecimiento.
Conservar en buen estado los útiles, elementos y bienes patrimoniales que utilicen en su trabajo.
Informar a su Jefe de Radio respecto de toda novedad y/o hecho anormal que se produzca con relación al servicio que presta.
Está obligado a capacitarse, lo cual implica, estar actualizado en técnicas de limpieza, desinfección, preparación de refrigerios y prevención de enfermedades transmisibles que imparta el Ministerio de Educación y DDHH u otros Organismos por cuenta del mismo.
Someterse a evaluaciones periódicas de desempeño.
Informar a su Jefe de Radio: Su domicilio particular y teléfono actualizado, para poder comunicarse ante cualquier eventualidad y por razones particulares o de salud.
Tener buena conducta, trato amable y respetuoso y puntualidad en todos sus actos.
Ser coherente con los valores de organización y cumplir explícitamente una función de nexo social.
Ser personal itinerante dentro del Radio Escolar al que fuera asignado.
Art. 3: FUNCIONES DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y DD HH
a Realizar a través del personal administrativo del Ministerio de Educación y DDHH, los tramites de las afiliaciones proveyéndoles los comprobantes del seguro de Vida Obligatorio.
b Ofrecer capacitaciones en técnicas de limpieza, preparación de refrigerios y prevención de enfermedades transmisibles, seguridad e higiene, manipulación de alimentos, liderazgo de grupo, conducción, arreglos menores, etc.
c Reconocer los adicionales que se establezcan de acuerdo a la función que desempeñe cada PSA.
Art. 4.- La prestación de los servicios del personal de apoyo PSA en los establecimientos escolares del Ministerio de Educación y DDHH, presentará las siguientes modalidades:

Firmado Digitalmente por JOSE CALFUEQUE - Su validación se efectúa en http rionegro.gov.ar/download/boletin/5682.pdf

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Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 28/06/2018

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

CountryArgentina

Date28/06/2018

Page count38

Edition count1908

First edition03/01/2002

Last issue18/04/2024

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