Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 27/11/2017

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

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SUPLEMENTO

PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES LEGALES GENERALES Y
PARTICULARES DEL CONCURSO PUBLICO NACIONAL E
INTERNACIONAL N 01/2017 PARA LA CALIFICACIÓN Y
SELECCIÓN DE EMPRESAS PARA EL OTORGAMIENTO DE UN
PERMISO DE EXPLORACIÓN Y EVENTUAL EXPLOTACIÓN, DESARROLLO, TRANSPORTE Y COMERCIALIZACIÓN DE
HIDROCARBUROS EN LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO APLICABLE
AL AREA CERRO MANRIQUE
TITULO I: DEL LLAMADO A CONCURSO
Artículo 1. OBJETO DEL LLAMADO
1.1. El objeto del presente llamado es convocar a Concurso Público Nacional e Internacional para la selección de una empresa o grupo de empresas petroleras que celebrarán con LA PROVINCIA un CONTRATO para la exploración, eventual explotación, transporte y comercialización de HIDROCARBUROS dentro del perímetro del AREA, que en cada caso, se detalla en el ANEXO II del presente; de conformidad con lo dispuesto por la Constitución Nacional en su Artículo N 124, por la Constitución Provincial en sus Artículos N 70 y N 79; la Ley Nacional N 17.319 modificada por la Ley Nacional N 27.007, Ley Provincial Q N 4.296 y de acuerdo a los términos y condiciones establecidas en el presente Pliego de Bases y Condiciones y sus ANEXOS, en el Decreto Provincial aprobatorio del mismo.1.2. El objeto del CONTRATO que se celebre será el de explorar y eventualmente explotar, desarrollar, transportar y comercializar mediante la extracción del mayor volumen racional y económicamente posible de HIDROCARBUROS, asegurando la optimización de la extracción final de petróleo, gas y gasolina, in situ en dicha AREA.1.3. El CONTRATISTA deberá ofrecer y emplear las más adecuadas tecnologías de acuerdo con los objetivos expuestos y aplicar las mejores prácticas para el cumplimiento del objeto del presente, de conformidad con lo establecido en la Ley N 17.319 y su modificatoria y en la Resolución N
05/96 de la Secretaría de Energía de la Nación Abandono de pozos.1.4. El presente llamado será difundido mediante su publicación en los Boletines Oficiales de Nación y de la Provincia de Río Negro y en otros medios de comunicación provincial, nacional e internacional.Se podrán cursar también invitaciones a empresas petroleras provinciales, nacionales y extranjeras, sin que ello implique ni constituya precedente para su calificación.1.5. El presente Concurso se realizará mediante el sistema de doble sobre Oferta Técnica y Oferta Económica, que incluye una etapa de evaluación y admisión de la Oferta Técnica, y una etapa de evaluación de la Oferta Económica.Artículo 2. DEFINICIONES
A los efectos de la interpretación del presente PLIEGO, los términos y expresiones que más abajo se definen tendrán el alcance y/o significado que se indican en este Artículo. Los términos y expresiones en singular comprenden el plural y viceversa.2.1. ACTO DE APERTURA DEL CONCURSO: El acto público a realizarse en el día y hora que la AUTORIDAD DE APLICACIÓN determine en el ANEXO I CRONOGRAMA DEL CONCURSO, en la sede de la Secretaría de Hidrocarburos de la Provincia de Río Negro, sito en calle España N 316
de la ciudad de Cipolletti, en que se producirá la apertura del SOBRE A de cada uno de los OFERENTES, conteniendo sus respectivas OFERTAS.2.2. ACUERDO DE CONFIDENCIALIDAD: El Acuerdo de Confidencialidad, cuyo modelo se adjunta como ANEXO VII de este PBC, a ser suscripto entre cualquier INTERESADO y LA PROVINCIA, previo a tener acceso a la INFORMACIÓN TÉCNICA del AREA.2.3. ADJUDICATARIO: El OFERENTE que ha sido seleccionado para celebrar el CONTRATO objeto del CONCURSO, de acuerdo a las condiciones establecidas en el presente PBC.2.4. ANEXO/S: El o los Anexos que constituyen la documentación complementaria que forma parte del presente PLIEGO.2.5. ÁREA: Zona objeto del presente CONCURSO, a la cual se refiere el Artículo 1.1., denominada como se indica en el encabezamiento de este PBC
y cuya superficie y ubicación se determina en el ANEXO II del presente.2.6. AUTORIDAD DE APLICACIÓN: LA SECRETARÍA DE
HIDROCARBUROS, dependiente de la SECRETARÍA DE ESTADO DE
ENERGÍA de la Provincia de Río Negro.2.7. CALORÍA: Tendrá el significado que se le asigna a dicho término en los Reglamentos de Servicio de las transportistas de gas natural, Transportadora de Gas del Sur S.A. y Transportadora de Gas del Norte S.A.2.8. CANON: Erogación pecuniaria anual que debe abonar el titular de un PERMISO DE EXPLORACIÓN y/o de una CONCESIÓN DE
EXPLOTACIÓN a LA PROVINCIA por su carácter de titular originario del
Viedma, Noviembre de 2017.-

dominio de los HIDROCARBUROS, de conformidad con los artículos 57 y 58 de la Ley N 17.319.2.9. CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR: Su definición alcance y efectos serán los previstos en el Código Civil y Comercial de la Nación aprobado por Ley Nacional N 26.994 en todo lo que no se encuentre específicamente regulado en el presente PLIEGO.2.10. CIRCULARES Y/O NOTAS ACLARATORIAS: Documentos emitidos por la AUTORIDAD DE APLICACIÓN para comunicar a los INTERESADOS u OFERENTES cualquier cuestión atinente al desarrollo del CONCURSO, incluyendo las respuestas a cualquier consulta que los INTERESADOS formulen por escrito con relación al mismo.2.11. COMISIÓN DE PREADJUDICACIÓN: La integrada por la AUTORIDAD DE APLICACIÓN en los términos del Artículo N 57- Anexo II del Decreto Reglamentario H N 1.737/98 de la Ley Provincial H N
3.186, la que estará compuesta por: Un 1 integrante de la Contaduría, uno 1 del Ministerio de Economía, un l integrante de la Secretaría de Energía, dos 2 representantes técnicos designados por la AUTORIDAD DE
APLICACION.2.12. CONCEDENTE: La Provincia de Río Negro representada por el Poder Ejecutivo Provincial LA PROVINCIA.2.13. CONCESIÓN DE EXPLOTACIÓN: Conjunto de derechos y obligaciones que surgen de los Artículos N 27, siguientes y concordantes de la Ley N 17.319 y que abarcan la totalidad de los LOTES DE
EXPLOTACIÓN determinados por el PERMISIONARIO.2.14. CONCESIONARIO: El titular de una CONCESIÓN DE
EXPLOTACIÓN respecto del AREA, y/o respecto de cualquier lote del AREA, al cual se le otorgue una CONCESIÓN DE EXPLOTACIÓN de HIDROCARBUROS derivada del carácter de PERMISIONARIO de dicha AREA.2.15. CONCURSO: El presente Concurso Público Nacional e Internacional N 01/2017 de calificación y selección de empresas petroleras para el otorgamiento de PERMISOS DE EXPLORACIÓN y eventual CONCESIONES DE EXPLOTACIÓN de HIDROCARBUROS con relación al AREA.2.16. CONDENSADO: HIDROCARBUROS líquidos incluyendo condensado y gasolina producidos conjuntamente con la corriente de gas y que permanecen líquidos bajo condiciones normales de presión y temperatura 760 mm Hg y 15 C y cuyo grado API es igual o superior a 43.2.17. CONDICIONES BASE: Se entiende con relación al GAS NATURAL como la conjunción de las siguientes condiciones de temperatura y presión:
- Temperatura: 15º C quince grados Celsius, medida con termómetro de mercurio;
- Presión: 1,013 BAR o 760 mm Hg columna de setecientos sesenta milímetros de mercurio, medida con barómetro tipo Fortín y corregida a 0C cero grados Celsius, con un valor standard de la aceleración de la gravedad.2.18. CONDICIONES DE REFERENCIA: Corresponde al PODER
CALORÍFICO SUPERIOR de 9.300 KCAL/M en relación con la temperatura y presión de las CONDICIONES BASE.Todas las mediciones de GAS NATURAL que se efectúen en el ÁREA se deberán expresar en las CONDICIONES DE REFERENCIA, salvo cuando específicamente se indique una forma diferente.
2.19. CONTRATANTE: La Provincia de Río Negro representada por el Poder Ejecutivo Provincial LA PROVINCIA.2.20. CONTRATISTA: OFERENTE seleccionado que haya celebrado con el Estado Provincial el CONTRATO objeto del presente CONCURSO.2.21. CONTRATO: Instrumento jurídico mediante el cual se formaliza el Acuerdo de Voluntades previsto en el Artículo 1.1 a celebrarse entre LA
PROVINCIA y el CONTRATISTA, de acuerdo al modelo descripto en el ANEXO IX del presente PBC.2.22. DÍA: Plazo de 24 horas a contar desde las 0.00 horas.2.22.1. DÍA HÁBIL: Día laborable para la Administración Pública de la Provincia de Río Negro.2.23. DÓLAR: Moneda de curso legal en los Estados Unidos de América.2.24. EMPATE DE OFERTAS: El definido en los términos de los Artículos N 58 y 59 del Anexo II del Decreto Reglamentario H N 1.737/98 de la Ley Provincial H N 3.186.2.25. ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EIA: Tendrá el significado que se le asigna en la Ley Provincial M N 3.266 y su reglamentación.2.26. FACTOR DE ADJUDICACIÓN: Significará respecto del AREA, el resultado obtenido de aplicar a la OFERTA ECONÓMICA contenida en el SOBRE B la FÓRMULA DE ADJUDICACIÓN G.-

Firmado Digitalmente por JOSE CALFUEQUE - Su validación se efectúa en http rionegro.gov.ar/download/boletin/5621_Supl.pdf

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Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 27/11/2017

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

CountryArgentina

Date27/11/2017

Page count30

Edition count1909

First edition03/01/2002

Last issue22/04/2024

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