Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 13/11/2017

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

Viedma, 13 de Noviembre de 2017

Nº 5617

Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº 1.305.136
Precio Ejemplar del día: $ 15,00 PUBLICACION BISEMANAL
AÑO LVIII
EDICION DE 62 PAGINAS

SECRETARIA GENERAL
Tel. 02920 - 423512 Fax 02920-430404
Laprida 212 - 8500 Viedma
Sumario en Pág. 62

DECRETO

DECRETO Nº 1641
Viedma, 1 de Noviembre de 2017.
Visto: el Expediente N 031.163-SEE-2.014 del Registro de la Secretaría de Estado de Energía, la Ley Q Nº 4.818 y:
CONSIDERANDO:
Que la Ley Provincial Q N 4.818 de Renegociación de Concesiones Hidrocarburíferas otorgadas por el Gobierno Nacional en la Provincia de Río Negro, aprobó en su Anexo I el Pliego de Bases y Condiciones de la Convocatoria Pública;
Que en el año 1.992 se sancionó la Ley N 24.145 mediante la cual según se transformaron en concesiones de explotación que se rigen por los Artículo 27- y s.s. de la Ley N 17319, las áreas que Yacimientos Petrolíferos Fiscales Sociedad Anónima Y.P.F. S.A. tenía en ese momento en explotación, encontrándose en tal situación el lote de explotación Puesto Flores-Estancia Vieja ubicada en la Provincia de Río Negro;
Que la actual Empresa Chevron Argentina Sociedad de Responsabilidad Limitada, resulta Concesionaria del Area Hidrocarburífera ubicada en la Provincia de Río Negro Puesto Flores-Estancia Vieja adjudicada por Decisión Administrativa N 162/98 y Decisión Administrativa Nº 8/01;
Que como titular de la concesión mencionada, Chevron Argentina Sociedad de Responsabilidad Limitada, se ha inscripto en el Registro Provincial de Renegociación de Concesiones de Explotación de Areas Hidrocarburíferas Rionegrinas, creado por Decreto Provincial N 230/13;
Que una vez cumplida la presentación conforme el Artículo 10.2 del Anexo I de la Ley Q N 4.818, la Autoridad de Aplicación convocó a la Concesionaria mediante Nota N 242/14 de techa 2 de octubre del mismo año, a los fines de dar inicio a la Etapa de Renegociación según lo establecido en el Artículo 11 de la citada ley;
Que el Artículo 11.5 del Pliego de Bases y Condiciones establece que una vez arribado a un consenso se suscribirá el Proyecto de Acuerdo entre la Autoridad de Aplicación, Secretaría de Estado de Energía y la Concesionaria, Empresa Chevron Argentina Sociedad de Responsabilidad Limitada, el que será elevado al Poder Ejecutivo para su aprobación, conjuntamente con un informe pormenorizado;
Que se efectuaron reuniones en procura de arribar a un acuerdo respecto de la propuesta de Programa de Desarrollo de Explotación y Exploración y los Planes de Inversión, dando tratamiento a las condiciones mínimas de renegociación, de acuerdo a la mención establecida en el Título III de las Bases y Condiciones;
Que como consecuencia y luego de un análisis pormenorizado por parte del área técnica se rechazó la propuesta de Desarrollo de Inversiones en exploración y Explotación y Bono Fijo, por no resultar suficiente para alcanzar los objetivos establecidos por el Gobierno Provincial presentada por Chevron Argentina Sociedad de Responsabilidad Limitada;
Que por Nota N 54/2015 se suspendieron los plazos respecto del proceso de renegociación sobre el área hidrocarburífera Puesto Flores-Estancia Vieja por no arribar a un acuerdo con la empresa Chevron Argentina Sociedad de Responsabilidad Limitada;

Que a los fines de reanudar el proceso de renegociación la concesionaria solicito la autorización de cesión del área a favor de la empresa President Petroleum Sociedad Anónima, efectuándose la misma a través del Decreto N 1.298/17, encontrándose facultada la cesionaria para ejercer los derechos y contraer las obligaciones que surgen del proceso de renegociación y de la eventual suscripción del acuerdo;
Que el área técnica de la Secretaría de Hidrocarburos analizó la propuesta de la empresa President Petroleum Sociedad Anónima prestando conformidad al contenido del mismo, certificando que cumple con los extremos de la Ley N 4.818. La propuesta consiste en un pago por única vez de Dólares estadounidenses veintidós millones U$S
22.000.000 compuesto por: Dólares estadounidenses dieciocho mil trescientos treinta millones U$S 18.330.000 en concepto de Bono Fijo y un monto de Dólares estadounidenses tres millones seiscientos setenta mil U$S 3.670.000 en concepto de Aporte al Desarrollo Social y Fortalecimiento Institucional, más una participación y financiación del diez por ciento 10% a favor de la Empresa de Desarrollo Hidrocarburífero Provincial Sociedad Anónima EDHIP S.A y un Plan de Desarrollo e Inversiones de Dólares estadounidenses ciento veintidos millones U$S
122.000.000;
Que el pago del Bono Fijo se realizará en dos pagos: El primer pago correspondiente al ochenta y dos por ciento 82% del monto total.
equivalentes a Dólares estadounidenses quince millones U$S 15.000.000, deberá realizarse dentro de los cinco 5 días hábiles de la ratificación legislativa del Acuerdo. El segundo pago correspondiente al dieciocho por ciento 18%
restante, equivalente a Dólares estadounidenses tres millones trescientos treinta mil U$S 3.330.000 antes del 30/04/2018. Respecto al Aporte al Desarrollo Social y Fortalecimiento Institucional, en dos pagos iguales de Dólares estadounidenses un millón ochocientos treinta y cinco mil U$S
1.835.000. El primero de ellos antes del 30/09/2018, y el segundo y último antes del 15/12/2018;
Que finalmente con fecha 20 de septiembre del año 2.017, en el marco de la Ley Q N 4.818, se suscribió el Acuerdo de Renegociación entre la Provincia de Río Negro representada por el Secretario de Estado de Energía, Dr. Sebastián Caldiero D.N.I. N 27.884.035, y la Empresa President Petroleum Sociedad Anónima, representada por su apoderado Sr. Horacio Rossignoli, conforme poder;
Que conforme surge del Informe Técnico de elevación incorporado, el Acuerdo bajo análisis aparece beneficioso para los intereses de la Provincia. en tanto que con el mismo se alcanzarían los objetivos expresamente planteados por el Gobierno Provincial, de incrementar las reservas hidrocarburíferas, optimizar los niveles de producción y aumentar los ingresos a la Provincia, así como de lograr una inversión permanente y sostenida en las actividades que se desarrollan en el territorio provincial en el marco de la protección y conservación del medio ambiente, asegurar la extracción racional y sustentable de los recursos y promover el desarrollo del Compre Rionegrino y el fortalecimiento de las pequeñas y medianas empresas provinciales;
Que como surge del Artículo 11º.5 del Anexo I de la Ley Provincial Q N
4.818, resulta oportuna la aprobación por el Poder Ejecutivo del Acuerdo de Renegociación;

Firmado Digitalmente por JOSE CALFUEQUE - Su validación se efectúa en http rionegro.gov.ar/download/boletin/5617.pdf

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 13/11/2017

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

CountryArgentina

Date13/11/2017

Page count62

Edition count1903

First edition03/01/2002

Last issue25/03/2024

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