Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 06/11/2017

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

Viedma, 06 de Noviembre de 2017

Nº 5613

Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº 1.305.136
Precio Ejemplar del día: $ 15,00 PUBLICACION BISEMANAL
AÑO LVIII
EDICION DE 40 PAGINAS

SECRETARIA GENERAL
Tel. 02920 - 423512 Fax 02920-430404
Laprida 212 - 8500 Viedma
Sumario en Pág. 40

DECRETOS

DECRETO Nº 1484
Viedma, 9 de Octubre de 2017.
Visto: el Expediente N 133.242-DGH-2010, del Registro del Ex Ministerio de Producción, y;
CONSIDERANDO:
Que el Decreto Nacional N 2.471/1992, de fecha 24 de diciembre de 1992, aprobó la adjudicación del Concurso Público Internacional N E-1/92
y otorgó a las Empresas Victrix Petroleum Sociedad Anónima y Operaciones Especiales Argentinas Sociedad Anónima el Permiso de Exploración sobre El Area Cnq-27 Río Negro Norte, con el objeto de realizar tareas de búsqueda de hidrocarburos bajo el régimen del Artículo 16 de la Ley N
17.319;
Que la Decisión Administrativo del Jefe de Gabinete de Ministros N 38/
1999 de fecha 22 de febrero de 1999, otorgó la concesión de Explotación sobre el Lote Loma Negra ubicado en el Area CNQ-27 Río Negro Norte, con el objeto de realizar trabajos de explotación, exploración complementaria y desarrollo de hidrocarburos bajo el régimen del Artículo 27 y concordantes de la Ley N 17.319 y por el plazo establecido en el Artículo 35 a las Empresas Victrix Petroleum Sociedad Anónima, Yacimientos Petrolíferos Fiscales Sociedad Anónima y Metro Holding Sociedad Anónima;
Que la concesión fue otorgada en los siguientes porcentajes: Victrix Petroleum Sociedad Anónima, cuarenta por ciento 40%, Yacimientos Petrolíferos Fiscales Sociedad Anónima treinta y cinco por ciento 35% y Metro Holding Sociedad Anónima veinte cinco por ciento 25%;
Que la Empresa Chevron San Jorge Sociedad Anónima devino en titular de la totalidad de la participación de Victrix Petroleum Sociedad Anónima como resultado de una fusión por absorción y le sucedió en todos sus derechos y obligaciones en la Concesión;
Que posteriormente la Empresa Chevron San Jorge Sociedad Anónima, cambió su denominación y transformó su tipo social, denominándose Chevron Argentina Sociedad de Responsabilidad Limitada;
Que en consecuencia, el porcentaje de participación de cada una de las Empresas en la concesión es el siguiente: Chevron Argentina Sociedad de Responsabilidad Limitada un cuarenta por ciento 40%, Yacimientos Petrolíferos Fiscales Sociedad Anónima un treinta y cinco por ciento 35 % y Metro Holding Sociedad Anónima un veinticinco 25%;
Que con fecha 10 de septiembre de 2010, las Empresas Chevron Argentina Sociedad de Responsabilidad Limitada, Corporación Financiera Internacional y Metro Holding Sociedad Anónima, se presentaron ante la Autoridad de Aplicación, con el propósito de solicitar la autorización de cesión en los términos del Artículo 72 de la Ley N 17.319, adjuntando toda la documental necesaria para el trámite requerido;
Que con fecha 1 de diciembre de 2015, las Empresas mencionadas reiteran su requerimiento, aclaran los porcentajes que detentan cada una sobre la Concesión de Explotación del Lote Loma Negra, y especifican las autorizaciones solicitadas;

Que en primer lugar solicitan la autorización de cesión del doce con cincuenta por ciento 12,50 % de la participación de Metro Holding Sociedad Anónima sobre los derechos y obligaciones de la Concesión de Explotación Loma Negra a la Empresa Chevron Argentina Sociedad de Responsabilidad Limitada;
Que asimismo requieren la autorización de cesión del quince por ciento 15% de la empresa Chevron Argentina Sociedad de Responsabilidad Limitada, sobre los derechos y obligaciones de la Concesión de Explotación Lona Negra, a la Empresa Corporación Financiera Internacional:
Que posteriormente, la Empresa Chevron Argentina Sociedad de Responsabilidad Limitada se presentó mediante Nota de fecha 14 de agosto de 2017 solicitando la autorización de cesión de derechos y obligaciones del treinta y siete con cincuenta por ciento 37,50% de participación sobre la concesión de explotación del Lote Loma Negra a favor de la empresa Capex Sociedad Anónima, acompañando a la presentación la documental correspondiente para ello, entre ellas, la minuta de Escritura Pública de Cesión;
Que corresponde, entonces, dar trámite a las cesiones solicitadas y analizar la documentación, considerando que las Empresas Capex Sociedad Anónima.
YPF Sociedad Anónima, Corporación Financiera Internacional y Metro Holding S.A. reúnen las condiciones requeridas por la Ley N 17.319 para ser titulares de una Concesión de Explotación;
Que una vez autorizadas las cesiones solicitadas, las Empresas mencionadas detentarán los siguientes porcentajes sobre la Concesión de Explotación del Lote Loma Negra: Capex Sociedad Anónima el treinta y siete con cincuenta por ciento 37,50 %, Yacimientos Petrolíferos Fiscales Sociedad Anónima el treinta y cinco por ciento 35%, Corporación Financiera Internacional el quince por ciento 15% y Metro Holding Sociedad Anónima el doce con cincuenta por ciento 12,50%;
Que las firmas mencionadas han presentado ante la Autoridad de Aplicación Provincial el pedido de autorización, acompañando las correspondientes Minutas de Escritura Pública de Cesión, y demás documentación requerida a los fines de dar cumplimiento a la Ley N 17.319, y actualizaron la documental mediante Notas presentadas el 30 de Noviembre de 2016, el 19 de Junio de 2017 y 14 de agosto de 2017;
Que la Constitución Nacional reconoce a las provincias el dominio originario de sus recursos naturales, entre los que se encuentran los hidrocarburos;
Que la Constitución Provincial en su Artículo 70 establece que corresponde a la Provincia la propiedad originaria de los recursos naturales existentes en el territorio, su subsuelo, espacio aéreo y mar adyacente a sus costas y en su Artículo 79 específicamente establece que los yacimientos de gas, petróleo y de minerales nucleares existentes en el territorio provincial y en la plataforma marítima, son bienes del dominio público provincial;
Que lo dispuesto en nuestra Carta Magna ha quedado afianzado en la práctica a partir de la sanción de la Ley Nacional N 26.197, por la cual han quedado transferidos de pleno derecho a las provincias todos los permisos de exploración y concesiones de explotación de hidrocarburos, así como cualquier otro tipo de contrato de exploración y/o explotación de hidrocarburos otorgado o aprobado por el Estado Nacional en uso de sus facultades, sin que ello afecte los derechos y las obligaciones contraídas por sus titulares;

Firmado Digitalmente por JOSE CALFUEQUE - Su validación se efectúa en http rionegro.gov.ar/download/boletin/5613.pdf

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 06/11/2017

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

CountryArgentina

Date06/11/2017

Page count40

Edition count1903

First edition03/01/2002

Last issue25/03/2024

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