Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 16/10/2017

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

Viedma, 16 de Octubre de 2017

Nº 5607

Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº 1.305.136
Precio Ejemplar del día: $ 15,00 PUBLICACION BISEMANAL
AÑO LVIII
EDICION DE 18 PAGINAS

SECRETARIA GENERAL
Tel. 02920 - 423512 Fax 02920-430404
Laprida 212 - 8500 Viedma
Sumario en Pág. 18

DECRETO

DECRETO Nº 1446
Viedma, 4 de Octubre de 2017
Visto, el Expediente N 119.994-T-2.017, del Registro del Ministerio de Turismo, Cultura y Deporte; y CONSIDERANDO:
Que por el precitado expediente se gestiona el otorgamiento de un aporte no reintegrable por la suma de Pesos Un Millón Seiscientos Treinta y Tres Mil Seiscientos Cuarenta y Cuatro Con 50/100 $ 1.633.644,50 a favor de la Cámara de Comercio, Industria, Turismo, Servicios y Producción de la ciudad de San Carlos de Bariloche C.U.I.T. N 30-67295573-0, Personería Jurídica concedida por Decreto del Poder Ejecutivo Nacional N 37.714 de fecha 29 de noviembre de 1.947, destinado a la organización y desarrollo del evento Emprender Nacional 2.017, a desarrollarse en la ciudad de San Carlos de Bariloche en el mes de noviembre del corriente año;
Que el propósito de los convenios obrantes de fojas uno 1 hasta fojas diez 10, es la cooperación mutua entre la Provincia de Río Negro, la Municipalidad de San Carlos de Bariloche, la Confederación Argentina de la Mediana Empresa y la Cámara de Comercio, Industria, Turismo, Servicios y Producción de la mencionada ciudad;
Que el Ministerio de Turismo, Cultura y Deporte de la Provincia de Río Negro, contribuye con lo solicitado por la mencionada Cámara, para hacer posible el óptimo desarrollo de la jornadas programadas en las que participarán mas de mil doscientos jóvenes emprendedores y estudiantes de todo el país, donde se expondrán fundamentos generales vinculados a la cultura emprendedora y científica;
Que por tratarse de un tema relacionado directamente a la cartera, se ha dispuesto que la presente erogación sea imputada a los créditos de la Jurisdicción 11, Ministerio de Turismo, Cultura y Deporte, encuadrando el presente trámite en lo establecido por los Decretos N 134/2.010 y N 229/2.013;
Que, en los Artículos 2 y 3 Inc. b y c, 5 y 6 Inc. b, c, ll y m, de la Ley T N 2.603, de Tiempo Libre, Recreación y Turismo, prevé el encuadramiento legal para el presente aporte no reintegrable;
Que se comprometió el gasto a los créditos del Ministerio de Turismo, Cultura y Deporte - con cargo a la Cuenta 900001178, Rentas Generales, y ordenando el gasto emergente de acuerdo a lo establecido en los Artículos 30 y 31 de la Ley H N 3.186;
Que han tomado debida intervención los Organismos de Control, Asesoría Legal del Ministerio de Turismo, Cultura y Deporte, Contaduría General de la Provincia y Fiscalía de Estado mediante Vista N 04412-17;
Que el presente Decreto se dicta en uso de las facultades conferida por el Artículo 181 Inciso 1 de la Constitución Provincial;
Por ello:
El Gobernador de la Provincia de Río Negro DECRETA
Artículo 1.- Ratificar los Convenios de Cooperación Mutua suscripta, por un lado, entre la Provincia de Río Negro, la rama joven de la Confederación Argentina de la Mediana Empresa y la Cámara de Comercio, Industria, Turismo, Servicios y Producción de la ciudad de San Carlos de Bariloche, de fecha 30 de marzo del año 2.017, y por otro lado, entre la Provincia de Río Negro, la Municipalidad de San Carlos de Bariloche y la rama joven de la Confederación Argentina de la Mediana Empresa de fecha 05 de mayo del año 2.017, suscriptos entre la Provincia de Río Negro, representado por el Gobernador de la misma, Señor Alberto Weretilneck, la Confederación Argentina de la Mediana Empresa, representado por su
referente en la Provincia de Río Negro, Señor Damián Banega y su Presidente Doctor Juan Pablo Diab, la Municipalidad de San Carlos de Bariloche, representada por su Intendente Ingeniero Gustavo Genusso, y la Cámara de Comercio, Industria, Turismo, Servicios y Producción de la ciudad de San Carlos de Bariloche, representada por su ex Presidente, Señor Mariano Giménez, que como anexo forma parte integrante del presente Decreto.Art. 2.- Otorgar un aporte no reintegrable por la suma de Pesos Un Millón Seiscientos Treinta y Tres Mil Seiscientos Cuarenta y Cuatro Con 50/100 $ 1.633.644,50 a favor de la Cámara de Comercio, Industria, Turismo, Servicios y Producción de la ciudad de San Carlos de Bariloche C.U.I.T. N 30-67295573-0, Personería Jurídica concedida por Decreto del Poder Ejecutivo Nacional N 37.714 de fecha 29 de noviembre de 1.947, destinado a la organización y desarrollo del evento Emprender Nacional 2.017, a desarrollarse en la ciudad de San Carlos de Bariloche en el mes de noviembre del corriente año.Art. 3.- La rendición de los gastos del aporte no reintegrable aprobado por el Artículo 1 del presente Decreto, estará a cargo del Presidente de la Cámara de Comercio, Industria, Turismo, Servicios y Producción, Sr. Eduardo Omar Caspani D.N.I. N 25.402.332, y del Tesorero, Sr. Guillermo Mariano Borysiuk D.N.I. N 23.906.473, y/o quienes eventualmente los reemplacen, conforme a lo establecido por el Decreto N 134/2.010.Art. 4.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en los Artículos precedentes, será comprometido a los créditos de la Jurisdicción 11 - Ministerio de Turismo, Cultura y Deporte - Cuenta 900001178, Rentas Generales, Código de Recurso 10, de acuerdo al siguiente detalle:
Prog. Subp.
Proy. A./O. Partida.
Importe Cód. Rec.
01
00
00
01
517 $ 1.633.644,50 1 0
Art. 5.- Una vez cumplimentada la etapa del devengado, según lo establecido por el Artículo 29 de la Ley H N 3.186, abónese por la Tesorería General de la Provincia de Río Negro, con cargo a la Cuenta 900001178, Rentas Generales, Código de Recurso 10, la suma de Pesos Un Millón Seiscientos Treinta y Tres Mil Seiscientos Cuarenta y Cuatro Con 50/100 $
1.633.644,50 a favor de la Cámara de Comercio, Industria, Turismo, Servicios y Producción de la ciudad de San Carlos de Bariloche C.U.I.T. N 3067295573-0, mediante depósito a la Cuenta Corriente N 4630565344 y CBU N 0110463330046305653447, Banco de la Nación Argentina Sucursal San Carlos de Bariloche.Art. 6.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministro de Turismo, Cultura y Deporte.Art. 7.- Registrar, comunicar, publicar, tomar razón, dar al Boletín Oficial y archivar.WERETILNECK - A. M. Carreras.
CONVENIO MARCO DE COOPERACIÓN MUTUA
La PROVINCIA DE RIO NEGRO, en adelante LA PROVINCIA representada en este acto por el titular del Poder Ejecutivo Provincial, GOBERNADOR DON ALBERTO WERETILNECK; La rama joven de la CONFEDERACIÓN ARGENTINA DE LA MEDIANA EMPRESA en adelante CAME
JOVEN representada en este acto por su referente en la Provincia de Río Negro SR. DAMIAN BANEGA y su Presidente, DR. JUAN PABLO DIAB y la CAMARA DE COMERCIO, INDUSTRIA, TURISMO, SERVICIOS Y
PRODUCCION DE SAN CARLOS DE BARILOCHE, en adelante LA
CAMARA representada en este acto por su Presidente, DON MARIANO
GIMENEZ, acuerdan ejecutar acciones para la postulación y posterior organización del evento denominado EMPRENDER NACIONAL 2017, conforme los fundamentos y las condiciones que seguidamente se exponen:

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Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 16/10/2017

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

CountryArgentina

Date16/10/2017

Page count18

Edition count1908

First edition03/01/2002

Last issue18/04/2024

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