Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 13/09/2019 - 5º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)

2019 - Año del VIII Congreso Internacional de la
Lengua Española en la Provincia de Córdoba
VIERNES 13 DE SETIEMBRE DE 2019
AÑO CVI - TOMO DCLVII - Nº 174
http boletinoficial.cba.gov.ar Email: boe@cba.gov.ar
MUNICIPALIDAD de
COSQUIN

5

a SECCION

DECRETO Nº 0416/19
Cosquín, 30 de julio de 2019
VISTO: El Expediente No 2019-1614-1, Mesa de Entradas, registro de esta Municipalidad, presentado por el agente municipal CEJAS, RUBEN
EDUARDO, DNI No 13434906, Legajo No 1424, mediante el cual solicita que se le permita gozar de la licencia especial del año 2017 y 2018.
Y CONSIDERANDO:
Que la Ordenanza No 2706/05 en su CAPITULO VDERECHOS DEL
AGENTE art. 26 inc. ñ contiene la Licencia Especial y que el Art. 56 establece lo siguiente: EL personal que realice tareas especiales, peligrosas o insalubres gozará de una licencia especial, la que no será acumulable con la dispuesta en el artículo anterior. Los días a otorgar y el alcance a quienes beneficiará, se determinarán en la reglamentación.
Que el Reglamento de la Ordenanza No 2706/05 Decreto No 882/06
ñ Licencia Especial: La licencia especial prevista en la Ordenanza, consistirá en el goce de una licencia adicional ala estatuida por el Artículo 559.
Gozará de esta licencia el personal que realice tareas especiales, peligrosas o insalubres. Consistirá en el otorgamiento de diez 10 días hábiles por año calendario. Punto III: Estas licencias no podrán ser acumuladas y se podrán otorgar en forma semestral, a pedido del agente, en dos partes de cinco 5 días cada fracción

Que obra glosado a fs. 5 del mencionado Expediente nota de la Secretaría de Gobierno con las disposiciones vigentes al respecto.
Que conforme a las previsiones del Estatuto para el Personal de la Administración Pública Municipal Ord. No 2706/05 y su Reglamentación Decreto No 882/06 y el criterio dispuesto por la Secretaría de Gobierno, no puede acceder a lo solicitado.
Que la Secretaría de Asesoría Legal y Técnica, ha informado a fojas diecinueve 19, del expediente en cuestión.

Por ello y en uso de atribuciones conferidas por Ley Provincial No 8102
- Orgánica Municipal el señor Intendente Municipal,
D E C R ETA

Artículo 1o.- NO HACER LUGAR a la solicitud presentada mediante Expediente No 2019-1614-1, Mesa de Entradas, registro de esta Municipalidad, por el agente municipal CEJAS, RUBEN EDUARDO, DNI No 13434906, Legajo No 1424, conforme a las previsiones del Estatuto para el Personal de la Administración Pública Municipal Ordenanza No 2706/05, su Decreto Reglamentario No 882/06 y el criterio dispuesto por la Secretaría de Gobierno.
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

LEGISLACIÓN - NORMATIVA Y
OTRAS DE MUNICIPALIDADES
Y COMUNAS

SUMARIO
municipalidad de COSQUIN
Decreto N 0416/19 Pag. 01
Decreto N 0417/19 Pag. 01
Decreto N 0418/19 Pag. 02
Decreto N 0419/19 Pag. 02
Decreto N 0420/19 Pag. 02
MUNICIPALIDAD DE LA CUMBRE
Decreto N 052/19 Pag. 03
Decreto N 053/19 Pag. 03
Decreto N 054/19 Pag. 04
MUNICIPALIDAD DE ADELIA MARIA
Ordenanza 1341 Pag. 04
Ordenanza 1342 Pag. 04
Ordenanza 1343 Pag. 05
Ordenanza 1344 Pag. 05
Ordenanza 1345 Pag. 06
Ordenanza 1346 Pag. 07

Artículo 2o.- REFRENDASE el presente Decreto por el señor Secretario de Gobierno.
Artículo 3o.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, cumplido archívese.
FDO: Sr. Raúl Carlos Ariel Acuña, Secretario de Gobierno, Sr. Gabriel José Musso, Intendente Municipal.
1 día - Nº 227060 - s/c - 13/09/2019 - BOE

DECRETO Nº 0417/19
Cosquín, 31 de julio de 2019
VISTO: Que a partir del 01/08/2019 se encuentra vacante el cargo de Juez Administrativo Municipal de Faltas de esta Municipalidad, en razón de la reciente renuncia del Juez aceptada mediante Decreto No 0402/19, de fecha 26/07/2019.
Y CONSIDERANDO:
Que es necesario cubrir el mismo a fin de no entorpecer las actividades normales del Municipio.

Que este Departamento Ejecutivo es el órgano competente para dictar el acto administrativo pertinente, en virtud de lo dispuesto por el Artículo 49, inciso 17 y el Artículo 50 de la Ley Provincial No 8102.
Por todo ello, el señor Intendente Municipal en uso de sus legítimas atribuciones,
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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 13/09/2019 - 5º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)

CountryArgentina

Date13/09/2019

Page count7

Edition count1392

First edition31/07/2018

Last issue27/03/2024

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