Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 30/07/2021 - 3º Sección

Text version What is this?Dateas is an independent website not affiliated with any government agency. The source of the PDF documents that we publish is the official agency stated in each of them. The text versions are non official transcripts that we do to provide better tools for accessing and searching information, but may contain errors or may not be complete.

Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 3º Sección (Sociedades - Personas Jurídicas)

3

a
Año del Bicentenario de la Constitución de Córdoba AÑO CVIII - TOMO DCLXXIX - Nº 155
CORDOBA, R.A., VIERNES 30 DE JULIO DE 2021
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

SOCIEDADES - PERSONAS JURÍDICAS
ASAMBLEAS Y OTRAS

cualquier otro tipo de representación dentro y fuera del país para la realización de su giro comercial. QUINTA: CAPITAL SOCIAL: El capital social se fija en la suma de PESOS SESENTA
MIL $60.000,00, representado por SEISCIENTAS 600 CUOTAS SOCIALES de PESOS
CIEN $100,00 de valor nominal cada una, las que fueron íntegramente suscriptas por los socios al constituirse la sociedad y se distribuyen en las siguientes proporciones: El señor Miguel Olcese, TRESCIENTAS 300 cuotas sociales, que representa el cincuenta por ciento 50%del capital social; y el Sr. Francisco José Viñas Tomczyk, TRESCIENTAS 300 cuotas sociales, que representa el cincuenta por ciento 50%del capital social. SEXTA: ADMINISTRACIÓN Y REPRESENTACIÓN: La administración, representación legal y uso de la firma social están a cargo de un Gerente, socio o no, el cual se mantendrá en sus funciones por tiempo indefinido hasta tanto la asamblea de socios elija uno nuevo. El gerente será designado por asamblea - reunión de socos requiriéndose una mayoría absoluta del capital social. El uso de la firma social solo será válida con la firma del gerente con sello de la denominación social. En tal carácter, el gerente tiene todas las facultades para realizar todos los actos y contratos tendientes al cumplimiento del objeto social y representación de la sociedad, inclusive los previstos en el art. 375 del Código Civil y Comercial de la Nación y 9 del Dcto. Ley 5.965/63 y concordantes; no pudiendo comprometer a la sociedad en fianzas o garantías a favor de terceros en operaciones ajenas al objeto social. Específicamente el Gerente podrá realizar los siguientes actos: 1.- Constituir depósito en dinero en los bancos oficiales, privados o entidades financieras privadas, con facultades para extraerlos en su totalidad; 2.- Librar, aceptar, endosar, cobrar, enajenar, ceder, negociar, de cualquier modo, cheques, letras de cambio, pagarés, giros, valores y cualquier otro tipo de obligaciones, documentos o títulos de crédito públicos o privados, con o sin garantía hipotecaria, prendaria o personal; 3.- Aceptar, impugnar, etc.
consignaciones de pago, novaciones, remisiones, compensaciones y/o quitas de deudas; 4.Firmar las escrituras públicas que sean necesarias y/o convenientes para cumplir con el giro
normal de la sociedad y con su objeto. Adquirir, enajenar bienes muebles o inmuebles, constituir sobre los mismos derechos reales, garantías, pactando, en cada caso, precios, modalidades, formas de pago y en su caso la posesión; 5.Firmar recibos, comparecer en juicios por si o por apoderados, ante los tribunales de cualquier fuero o jurisdicción con todas las facultades necesarias, entre ellas promover y contestar demandas de cualquier tipo y/o naturaleza, reconvertirlas, reclinar y prorrogar jurisdicción, proponer y absolver posiciones, y producir todo tipo de pruebas e informaciones, comprometer en árbitros o arbitradores, transigir, renunciar al derecho a apelar, y a las prescripciones adquiridas y comparecer a las audiencias que establezca la ley laboral, civil, comercial, penal, y del fuero de familia o cualquier otro fuero existente o a crearse en el futuro, de la nación de las provincias, municipios, Registro nacional de Créditos prendarios, de la Propiedad del Automotor, de la Propiedad inmobiliaria, de la Propiedad intelectual, del Registro Público de Comercio, Dirección de Inspección de Personas Jurídicas, etc. del Banco Central de la República Argentina de demás bancos oficiales, privados o mixtos, organizaciones sindicales y obras sociales, de la Administración Federal de Ingresos Públicos, del ANSES, de la Dirección General de Rentas de la Provincia, de la Dirección de Recursos Tributarios de la Municipalidad, y de cualquier otro organismo público o privado de jurisdicción nacional, provincial, municipal y/o de cualquier otro asunto en que la sociedad tenga o pudiere tener interés legítimo o intervenir en todo trámite y practicar los actos que fueren necesarios para un mejor desempeño de su misión en la Sociedad; 6 Designar subrogantes, empleados superiores, operarios, determinar sus facultades, promoverlos, como así también sancionarlos y despedirlos, etc.7
Tomar dinero en préstamo a interés en bancos autorizados oficiales, privados o mixtos, en particular el Banco Nación de la República Argentina y el Banco de la Provincia de Córdoba, como también girar en descubierto en las instituciones bancarias y/o las entidades financieras que lo autoricen; 8.- Constituir derechos reales y dividirlos, subrogarlos, transferirlos, cancelarlos total o parcialmente; 9- Otorgar poderes generales,
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

especiales de todo tipoy sustituirlos y/o revocarlos; 10.- Designar asesores contables, jurídicos y de toda clase que estime conveniente. -------Por el presente se conviene en designar como SOCIO GERENTE al señor OLCESE, MIGUEL, D.N.I 20.454.039, argentino, con domicilio real sito en Lote 46, B Campiña del Sur, de la Ciudad de Córdoba, provincia de Córdoba, de 52 años de edad, nacido el 16 de octubre del año 1968, estado civil casado y de profesión arquitecto, quien manifiesta estar conforme con dicha designación, aceptando el cargo de SOCIO GERENTE, asumiendo en su cargo desde la firma del presente. Asimismo, el señor OLCESE, MIGUEL
declara bajo juramento no estar comprendido en ninguna de las prohibiciones e incompatibilidades previstas en el art. 264 de la Ley 19.550 y fija domicilio especial a todo efecto en Lote 46, B Campiñas del Sur de la Ciudad de Córdoba.--- DECIMA CUARTA: DISPOSICIONES
GENERALES: Para todos los casos no previstos en el presente contrato, se aplicarán las disposiciones de la Ley 19.550 y sus modificatoria y concordantes, y en su defecto las disposiciones generales emergentes del Código Civil y Comercial de la Nación y demás leyes de la materia.
Los socios dan por formalizado el Contrato Social a cuyo cumplimiento se obligan con arreglo a derecho.--- Por acta de gerencia del 05/05/202 el socio gerente, por las facultades conferidas por el contrato social, fija la sede social en calle Hugo Wast N4456 B Cerro de las Rosas de la Ciudad de Córdoba.
1 día - Nº 325622 - $ 7373,20 - 30/07/2021 - BOE

Asociación Cultural y Deportiva NOAR SIONI Juventud de Sion Edicto Complementario En Edicto Número 321806 publicado con fecha 07/07/2021; 08/07/2021 y 12/07/2021 se omitió indicar en el título del edicto el nombre completo de la entidad, por lo tanto se aclara que la Asamblea General Extraordinaria de fecha 29/07/2021
convocada a través del edicto mencionado es de la Asociación Cultural y Deportiva NOAR SIONI
Juventud de Sion. Córdoba, 28/07/2021.
1 día - Nº 325811 - $ 378,35 - 30/07/2021 - BOE

33

About this edition

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 30/07/2021 - 3º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 3º Sección (Sociedades - Personas Jurídicas)

CountryArgentina

Date30/07/2021

Page count33

Edition count3921

First edition01/02/2006

Last issue24/04/2024

Download this edition

Other editions