Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 28/07/2021 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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Año del Bicentenario de la Constitución de Córdoba AÑO CVIII - TOMO DCLXXIX - Nº 153
CORDOBA, R.A. MIÉRCOLES 28 DE JULIO DE 2021
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS

Decreto N 698
Córdoba, 8 de julio de 2021
VISTO: el Expediente N 0110-102636/2003 del registro de la Dirección General de Educación Media Especial y Superior, dependiente del Ministerio de Educación.
Y CONSIDERANDO:
Que las presentes actuaciones se relacionan con las gestiones realizadas por el Ministerio de Educación a efectos del recupero de haberes indebidamente liquidados a la ex agente María Rosa Miriani.
Que luce informe producido por la Jefatura de Sección Sueldos DEMES, del Ministerio de la referencia, del cual surge que la citada señora Miriani registra una deuda por la suma líquida de Pesos Once Mil Ochocientos Cuatro con Ochenta y Nueve Centavos $11.804,89 importe bruto de $ 12.352,18, en virtud de habérsele abonado incorrectamente remuneraciones por haber usufructuado licencia sin goce de haberes y su posterior baja por razones particulares, durante el período comprendido entre los días 18 de marzo de 2004
y 31 de diciembre de 2005, y el 1 de enero de 2006 al 31 de mayo de 2010.
Que efectuados los reclamos pertinentes a efectos de la devolución de los montos debidos con fecha 18 de marzo de 2019, la ex docente no efectúa descargo alguno, ni procede a la devolución de las sumas indebidamente percibidas por ella.
Que la Dirección General de Coordinación y Gestión de Recursos Humanos ministerial da cuenta de que se han agotado las gestiones administrativas en orden al reintegro del dinero debido, motivo por el cual se remitieron las actuaciones a Fiscalía de Estado, en cumplimiento de la Circular N 1/2017 de dicho órgano de control.
Que conforme lo relacionado y lo dispuesto por los artículos 2537 y
2562 inc. c del Código Civil y Comercial de la Nación, se advierte que la cifra dineraria cuyo recupero se pretende se encuentra prescripta, razón por la cual la acción de recupero deviene inconveniente.
Que en virtud de lo expuesto y a tenor de las previsiones del artículo 76, segundo párrafo de la Ley N 9086, corresponde declarar la incobrabilidad de la acreencia de que se trata.
Por ello, actuaciones cumplidas, normativa citada, lo dictaminado por Fiscalía de Estado bajo el N 445/2021 y en uso de atribuciones constitucionales;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA
Artículo 1.- DECLÁRASE la incobrabilidad del crédito a favor de la Provincia de Córdoba respecto de los haberes indebidamente liquidados a la señora María Rosa MIRIANI, D.N.I. N 22.072.302, por la suma líquida de Pesos Once Mil Ochocientos Cuatro con Ochenta y Nueve Centavos $
11.804,89 importe bruto de $ 12.352,18, en los términos del artículo 76, segundo párrafo, de la Ley Nº 9086, y por las razones expresadas en los fundamentos de este instrumento legal.
Artículo 2.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministro de Educación y Fiscal de Estado.
Artículo 3.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
FDO.: JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR WALTER GRAHOVAC, MINISTRO DE
EDUCACIÓN - JORGE EDUARDO CÓRDOBA, FISCAL DE ESTADO

Decreto N 738
Córdoba, 19 de julio de 2021
VISTO: la Nota N GRH02-851940050-318 del registro de la Dirección de Recursos Humanos del Ministerio de Educación.
Y CONSIDERANDO:
Que las presentes actuaciones se relacionan con las gestiones realizadas por el Ministerio de Educación, a efectos del recupero de haberes indebidamente liquidados a la ex agente Teresita OLIVO.
Que de los informes acompañados en autos, surge que la citada ex docente registra una deuda por la suma de $4.385,62, en el período comprendido entre el 10 de febrero de 2012 al 29 de febrero de 2012, por baja por jubilación tomada fuera de término.

Que a los fines de la restitución de la suma en cuestión, se cursa Carta Documento OCA CDH0047297 1 de fecha 13 de febrero de 2019, devuelta por el servicio postal, bajo el código 07-NO RESPONDE; se ordena la publicación de edictos en el Boletín Oficial de fecha 18 de marzo de 2019 y se notifica a la señora OLIVO mediante Plataforma Ci.Di. de fecha 16 de septiembre de 2019.
Que la Dirección General de Coordinación y Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Educación da cuenta de que se han agotado las gestiones administrativas en orden al reintegro del dinero debido por la ex agente Teresita OLIVO, con resultados negativos .
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

Que conforme lo relacionado y lo dispuesto por el artículo 4027, inciso 3 del derogado Código Civil, aplicable en la especie a tenor del artículo 2537 del Código Civil y Comercial, se advierte que la cifra dineraria cuyo recupero se pretende se encuentra prescripta, razón por la cual la acción de recupero deviene inconveniente.
Que en virtud de lo expuesto y a tenor de las previsiones del artículo 76, segundo párrafo de la Ley N 9086, corresponde declarar la incobrabilidad de la acreencia de que se trata.

Que sin perjuicio de ello, deberán remitirse los presentes actuados a la Oficina de Investigaciones Administrativas de Fiscalía de Estado, para el inicio de la investigación de rigor, a fin de determinar la responsabilidad de los agentes y/o funcionarios involucrados en la errónea liquidación de haberes, así como en las gestiones de recupero; sin perjuicio de que podría haberse perdido la potestad sancionatoria del Estado respecto de los eventuales encartados, en vinculación con algunas de las posibles faltas cometidas.
Por ello, actuaciones cumplidas, normativa citada, lo dictaminado por Fiscalía de Estado bajo el N 19/2020 y en uso de atribuciones constitucionales;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Artículo 1.- DECLÁRASE la incobrabilidad del crédito a favor de la Provincia de Córdoba respecto de los haberes indebidamente liquidados a la
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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 28/07/2021 - 1º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

CountryArgentina

Date28/07/2021

Page count8

Edition count4120

First edition01/02/2006

Last issue20/04/2024

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