Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 26/07/2021 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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Año del Bicentenario de la Constitución de Córdoba AÑO CVIII - TOMO DCLXXIX - Nº 151
CORDOBA, R.A. LUNES 26 DE JULIO DE 2021
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS

MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Resolución N 365
Córdoba, 22 de julio de 2021
VISTO: la solicitud efectuada por la Dirección General de Educación Superior del Ministerio de Educación;
Y CONSIDERANDO:
Que en las presentes actuaciones la Dirección General de Educación Superior propicia la aprobación del Plan de Estudios para el Profesorado de Educación Secundaria de la Modalidad Técnico Profesional con título base, aprobado por Resolución N 63/08 y su modificatoria N 296/16 ambas del Consejo Federal de Educación.
Que según lo prescribe el art. 37 de la Ley de Educación Nacional N
26.206, las provincias tienen competencia en la planificación de la oferta de las carreras y postítulos, el diseño de planes de estudio, la gestión y asignación de recursos, y la aplicación de las regulaciones específicas, relativas a los Institutos de Educación Superior bajo su dependencia; y el art. 74 del mismo plexo legal recomienda a esta cartera educativa y al Consejo Federal de Educación acordar las políticas y los planes de Formación Docente.
Que los objetivos enunciados en la Ley de Educación Técnico Profesional N 26.058, refieren a la necesidad de alcanzar mayores niveles de equidad, calidad, eficiencia y efectividad de la Educación Técnico Profesional, mediante el fortalecimiento y la mejora continua de las instituciones, en el marco de las políticas nacionales y estrategias de carácter federal que integran las particularidades y diversidades jurisdiccionales.
Que por Resolución N 63/08 del Consejo Federal de Educación, se aprueba el plan de estudios del Profesorado de Educación Secundaria de la modalidad Técnico Profesional en concurrencia con título de base, y por su similar N 64/08 se aprueba el Programa Nacional de Formación Docente Inicial para la Educación Técnico Profesional.
Que la Resolución N 74/08 del Consejo Federal de Educación, en su Anexo I dispone que uno de los objetivos de la política nacional de formación docente, explicitados por la ley en su artículo 73, es el de otorgar validez nacional a los títulos y las certificaciones para el ejercicio de la docencia en los diferentes niveles y modalidades del sistema.
Que mediante Resolución N 296/16 y sus Anexos, el aludido Consejo aprueba la modificación del Programa Nacional de Formación Docente Inicial para la Educación Técnico Profesional.
Que obra en autos los fundamentos, objetivos, requisitos de ingreso, diseño y organización curricular, contenidos mínimos, condiciones de egreso, alcance del título, perfil profesional, perfil profesional del docente y campos de formación de la carrera propuesta.

Que lo procurado resulta procedente, toda vez que se enmarca en la normativa de las Leyes Nros. 9870 de Educación Provincial, 24521 de Educación Superior y 26058 de Educación Técnico Profesional, como así también en los lineamientos referenciales acordados por la Resolución del Consejo Federal de Educación N 63/08 y su modificatoria Resolución N
296/16 y Resolución Ministerial N 311/15, a los fines de solicitar su aprobación y resolución correspondiente, para ser elevada a la Dirección de Validez Nacional.
Que la Secretaría de Educación y la Dirección General de Educación Superior han dado el visto bueno y gestionan la aprobación del Plan de Estudios propuesto.
Por ello, los informes producidos, el Dictamen N 519/2021 del Área Jurídica de este Ministerio y lo aconsejado por la Dirección de Jurisdicción de Asuntos Legales, EL MINISTRO DE EDUCACIÓN
RESUELVE
Art. 1.- APROBAR para su aplicación en el Instituto Superior del Profesorado Tecnológico dependiente de este Ministerio, el Plan de Estudios de la Carrera Profesorado de Educación Secundaria de la Modalidad Técnico Profesional en concurrencia con título de base, conforme se detalla en el Anexo I que con cuarenta y dos 42 fojas forma parte de la presente resolución.
Art. 2.- DISPONER que el título a otorgar a los egresados/as de la carrera mencionada en art. 1 de presente instrumento legal, sea de Profesor/a de Educación Secundaria de la Modalidad Técnico Profesional en concurrencia con título de base.
Art. 3.- AUTORIZAR a partir de la cohorte 2021, la implementación de la Carrera Profesorado de Educación Secundaria de la Modalidad Técnico Profesional en concurrencia con título de base, en los Institutos de Nivel Superior de Formación Docente de Gestión Estatal, según se detalla en el Anexo II, que compuesto de una 1 foja, forma parte del presente dispositivo legal.
Art. 4.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
FDO.: WALTER GRAHOVAC, MINISTRO DE EDUCACIÓN.
ANEXO

Resolución N 366
Córdoba, 22 de julio de 2021
VISTO: la implementación del Plan de Finalización de Estudios Primarios y Secundarios para Jóvenes y Adultos FinEs, llevada a cabo durante los ciclos lectivos 2010, 2011, 2012, 2013, 2014, 2015, 2016, 2017, 2018, 2019
y 2020 según Resoluciones Ministeriales Nros. 174/10, 280/11, 157/12, 302/13, 106/14, 260/15, 474/16, 808/17, 329/18, 254/19 y 301/2020, Decreto N 700/21;
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

Y CONSIDERANDO:

Que es pertinente al Plan FinEs, incluir, articular y fortalecer las ofertas educativas preexistentes, para potenciar los logros y garantizar la terminalidad educativa de Jóvenes y Adultos.
Que resulta necesario ampliar, en esta etapa del Plan FinEs, la atención de la población meta prevista en los lineamientos generales del Plan, incorporando a jóvenes a partir de los 18 dieciocho años de edad que no hayan iniciado el trayecto formativo de Educación Secundaria, o que ha-

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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 26/07/2021 - 1º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

CountryArgentina

Date26/07/2021

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First edition01/02/2006

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