Boletín Oficial de la Provincia de Lugo del 12/08/2019

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Lugo

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Núm. 184 luns, 12 de agosto de 2019

BOP de Lugo
Continúa el citado precepto detallando el contenido del plan económico-financiero:
a Las causas del incumplimiento del objetivo establecido o, en su caso, del incumplimiento de la regla de gasto.
b Las previsiones tendenciales de ingresos y gastos, bajo el supuesto de que no se producen cambios en las políticas fiscales y de gastos.
c La descripción, cuantificación y el calendario de aplicación de las medidas incluidas en el plan, señalando las partidas presupuestarias o registros extrapresupuestarios en los que se contabilizarán.
d Las previsiones de las variables económicas y presupuestarias de las que parte el plan, así como los supuestos sobre los que se basan estas previsiones, en consonancia con lo contemplado en el informe al que se hace referencia en el apartado 5 del artículo 15.
e Un análisis de sensibilidad considerando escenarios económicos alternativos.
Por su parte, el artículo 116 bis de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local señala lo siguiente:
Adicionalmente a lo previsto en el artículo 21 de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, el mencionado plan incluirá al menos las siguientes medidas:
a Supresión de las competencias que ejerza la Entidad Local que sean distintas de las propias y de las ejercidas por delegación.
b Gestión integrada o coordinada de los servicios obligatorios que presta la Entidad Local para reducir sus costes.
c Incremento de ingresos para financiar los servicios obligatorios que presta la Entidad Local.

e Supresión de entidades de ámbito territorial inferior al municipio que, en el ejercicio presupuestario inmediato anterior, incumplan con el objetivo de estabilidad presupuestaria o con el objetivo de deuda pública o que el período medio de pago a proveedores supere en más de treinta días el plazo máximo previsto en la normativa de morosidad.
f Una propuesta de fusión con un municipio colindante de la misma provincia.
A la tramitación se refiere el artículo 23 de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Prepupuestaria y Sostenibilidad Financiera cuando preceptúa que los planes económico-financieros y los planes de reequilibrio serán presentados, previo informe de la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal, en los supuestos en que resulte preceptivo, ante los órganos contemplados en los apartados siguientes en el plazo máximo de un mes desde que se constate el incumplimiento, o se aprecien las circunstancias previstas en el artículo 11.3, respectivamente. Estos planes deberán ser aprobados por dichos órganos en el plazo máximo de dos meses desde su presentación y su puesta en marcha no podrá exceder de tres meses desde la constatación del incumplimiento o de la apreciación de las circunstancias previstas en el artículo 11.3.
En el cómputo del plazo máximo de un mes previsto anteriormente no se computará el tiempo transcurrido entre la solicitud y la emisión del informe de la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal.
4. Los planes económico-financieros elaborados por las Corporaciones Locales deberán estar aprobados por el Pleno de la Corporación.
Los planes económico-financieros se remitirán para su conocimiento a la Comisión Nacional de Administración Local. Se dará a estos planes la misma publicidad que la establecida por las leyes para los Presupuestos de la entidad.
5. El Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas dará publicidad a los planes económico-financieros, a los planes de reequilibrio y a la adopción efectiva de las medidas aprobadas con un seguimiento del impacto efectivamente observado de las mismas.
Este plazo se ve afectado por la constitución de la Corporación y de sus correspondientes órganos, una vez celebradas las elecciones municipales.
SITUACIÓN ACTUAL: DIAGNOSTICO ECONÓMICO-FINANCIERO
A. Análisis de la estructura económica del municipio: ingresos y gastos Para llevar a cabo el estudio de la estructura económica de este Ayuntamiento se analizan los datos de liquidación de los 3 ejercicios económicos anteriores, que son 2016, 2017 y 2018 ya que el análisis de los tres
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12/08/2019 08:00:00

d Racionalización organizativa.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Lugo del 12/08/2019

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Lugo

CountrySpain

Date12/08/2019

Page count23

Edition count3263

First edition01/03/2013

Last issue27/03/2024

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