Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid del 28/05/2020

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Source: Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid

BOCM
B.O.C.M. Núm. 128

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 28 DE MAYO DE 2020

Pág. 157

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
66

JAÉN NÚMERO 1
EDICTO

D/D MARIA ASUNCION SAIZ DE MARCO, LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN
DE JUSTICIA SUSTITUTA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO 1 DE JAEN.
HACE SABER: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 105/2019
a instancia de la parte actora D/D. NEIVA FLOR GOMEZ contra FRANCISCO SUAREZ
S.A., JARA DIVISION S.L, SERVIWORK ETT S.L y FOGASA sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado SENTENCIA de fecha 18.2.20 cuyo encabezamiento y fallo es del tenor literal siguiente:
SENTENCIA Nº 65/2020
En Jaén, a 18 de febrero de 2020.
Dña. Antonia Torres Gámez, Juez Sustituta del Juzgado de lo Social número Uno de los de Jaén y su Provincia, en nombre de Su Majestad el Rey y en virtud de las atribuciones jurisdiccionales conferidas, emanadas del Pueblo Español, dicta esta sentencia, una vez examinados los autos nº 105/19, sobre reclamación de cantidad, en los que han intervenido como demandante DÑA. NEIVA FLOR GÓMEZ, representado por Letrado D. Óscar Rodríguez Cruz, en sustitución de hombre bueno D. Antonio Frías Chaves; y como demandadas las empresas FRANCISCO SUÁREZ S.A., JARA DIVISIÓN S.L., SERVIWORK ETT
S.L. y JOSÉ FRANCISCO SUÁREZ DÍAZ que no comparecieron al juicio. Habiendo sido citado el FONDO DE GARANTÍA SALARIAL, que tampoco compareció al juicio.
FALLO
Estimando la demanda interpuesta por DÑA. NEIVA FLOR GÓMEZ contra las empresas FRANCISCO SUAREZ S.A. y JARA DIVISIÓN, condeno a las demandadas solidariamente al pago a la actora de la cantidad de MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y TRES
EUROS CON TREINTA Y DOS CÉNTIMOS DE EURO 1.243,32 euros en concepto de principal, más el interés correspondiente conforme a lo declarado en el fundamento de Derecho tercero de esta resolución.
El Fondo de Garantía Salarial deberá estar y pasar por el presente pronunciamiento de condena en el alcance previsto en la legislación vigente.
Incorpórese la presente sentencia al libro correspondiente, expídase testimonio para su unión a los autos, y hágase saber a las partes que contra ella NO cabe recurso de Suplicación art. 191.2.g de la Ley de la Jurisdicción Social.

Y para que sirva de notificación al demandado SERVIWORK ETT S.L actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETIN OFICIAL
DE LA PROVINCIA, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.
En Jaén, a 11 de marzo de dos mil veinte.
LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
03/10.832/20
http www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791

BOCM-20200528-66

Así por esta mi Sentencia, escrita y dictada en la ciudad de Jaén en la fecha indicada en el encabezamiento, lo acuerdo, mando y firmo, juzgando la presente causa en primera instancia.

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Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid del 28/05/2020

TitleBoletín Oficial de la Comunidad de Madrid

CountrySpain

Date28/05/2020

Page count157

Edition count4244

First edition12/02/2010

Last issue24/04/2024

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