Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 16/04/2021 - Sección Judicial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > viernes 16 de abril de 2021

Art. 40 Ac. 3604/12 SCBA. Cuando el oferente no resultara ganador y no hubiera ejercido reserva de postura, las sumas depositadas en garantía le serán devueltas de oficio, por medio de libranza judicial, disponiendo la transferencia electrónica de los montos correspondientes a la cuenta bancaria denunciada. Si el oferente no ganador hubiera efectuado reserva de postura, podrá solicitar en el expediente judicial la restitución del dinero depositado en garantía, en cualquier momento posterior a la finalizaron de la subasta. En el supuesto de que tal opción no se hubiera ejercitado, se devolverá de oficio, luego de que se perfeccione la venta en cabeza de otro postor o, en su caso, de que se produzca el sobreseimiento de la ejecución en los términos del Art. 573 CPCC Art. 39 AC: 3604/12 SCBA. Audiencia de Adjudicación: A los fines de proceder a la ratificación y firma del acta de adjudicación, deberán comparecer en Secretaria el adjudicatario y el martillero el tercer día hábil siguiente, a la finalización de la subasta a las 9 horas, en la sede de este Tribunal. El procedimiento previsto en el párrafo anterior, podrá ser suplido a través de la suscripción del acta en forma prevista en el Art. 562 3º párrafo CPCC. El adjudicatario deberá comparecer con el formulario de inscripción a la subasta, comprobante de pago de depósito de garantía, y el saldo de precio, constancia de código de postor y demás instrumentos que permitan su individualización fehaciente como comprador en la subasta electrónica. En el mismo actor constituirá domicilio dentro del radio del juzgado a los efectos legales pertinentes. Podrá intervenir en el acta mencionada también el ejecutado y el acreedor ejecutante. Se dispondrá automáticamente la indisponibilidad de dichas sumas, hasta que se inscriba el bien a su nombre salvo que la demora en la realización de estos trámites le fueren imputables. Déjese constancia que la indisponibilidad no regirá respecto del pago de impuestos y gastos de justicia Art. 581, CPCC. Exhibición: El automotor será exhibido el día 26 de abril de 2021 de 10 a 12 y de 14 a 16 hs. en el depósito sito en la Playa de Estacionamiento del Supermercado Carrefour, calle Hipólito Yrigoyen 3636 - Panamericana ramal Tigre y Ruta 202 - San Fernando, Provincia de Buenos Aires. Los interesados podrán visualizar las imágenes del vehículo a subastar en youtube a través del siguiente link: https youtu.be/k4Fquw5pvyk CUIT del Deudor 20-12222909-3. El presente edicto se publicará por 3 tres días en el Boletín Oficial. Para mayores informes podrán los interesados consultar a los auxiliares de justicia intervinientes, al martillero al celular 1550113598 o en la web http subastas.scba.gov.ar e incluso a través del expediente según lo normado en el Artículo 113 de la Ley 5177 TO por Dec. 2885/01. San Justo, 2021.
abr. 16 v. abr. 20

EDICTOS
POR 10 DÍAS - El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de Olavarría, del Departamento judicial de Azul, a cargo de la Dra. María Hilda Galdos, Secretaría Única, a cargo del Dr. Jorge Mariano Ferrari, cita al Sr. CARLOS
FACCHINO y DIAMANTI y/o a sus herederos, a los herederos de AMALIA DIAMANTI, a los herederos de EMMA
FACCHINO y TORRE, a los herederos de YOLANDA FACCHINO y TORRE, a la Sra. MARIA SILVINA CRIANTE y FACCHINO y/o a sus herederos, a la Sra. LIDIA HAYDEE FACCHINO y FERNANDEZ y/o a sus herederos, a fin de que en el término de diez días tomen intervención en autos "Peredo, Marta Ester y Otro c/Facchino, Juan y Otros s/Prescripción Adquisitiva Vicenal/Usucapión" Expte. Nº 1234-2010, bajo apercibimiento de nombrársele un Defensor de Ausentes, citándose además a todos aquellos que se consideren con derecho sobre el inmueble que se pretende usucapir, sito en calle Giovanelli n 2756 de Olavarría, Partida n30739, Cir. I, Sec. C, Mz. 79 f, Parc. 4, Martícula 52.075 078. Dado, sellado y firmado en la Sala de mi público despacho, a los 11 días del mes de febrero de 2021.
abr. 6 v. abr. 19
POR 5 DÍAS - El Sr. Titular del Juzgado de Ejecución Penal N 1 del Departamento Judicial Mar del Plata, Dr. Ricardo Gabriel Perdichizzi, notifica a BIANCA LISER ROJAS en caracter urgente y dentro del plazo de 12 hs., quien se domicilia en la calle 238 y 31 de la localidad y FLORENCIA VANINA NIEVES quien se domicilia en la calle Etchegaray N 340 de Mar del Plata, en causa Nº INC-15772-5 seguida a Perez Felix por el delito de Incidente de Salida Transitoria la Resolución que a continuación de transcribe: del Plata, 18 de febrero de 2021 3.- Ofíciese a la Seccional Policial correspondiente al domicilio de la víctima a fin de notificarla que conforme dispone la Ley 15232, La víctima tiene derecho a ser informada y a expresar su opinión ante todo lo que estime conveniente ante el/la Juez/a de Ejecución o Juez/a competente, aun cuando no se haya constituido como particular damnificado, en los casos en que se sustancien las solicitudes de salidas transitorias, régimen de semilibertad, libertad condicional, prisión domiciliaria, prisión discontinua o semidetención, libertad asistida y régimen preparatorio para la liberación de la persona condenada. II. Con posterioridad a la sentencia, la víctima tendrá derecho a interponer observaciones o quejas ante el Ministerio Publico Fiscal o Juez/a de Ejecución, aun cuando no se hubiese constituido como particular damnificado, cuando considere que se están vulnerando sus derechos, exista inacción de los actores judiciales o abogados/as de la víctima u observe que no se cumplen correctamente las medidas de condena. Estas deberán plantearse bajo argumentación fundada Durante la Ejecución de la Pena la víctima tiene derecho a ser informada y a ser oída, en audiencia especial ante el/la Juez/a competente en la etapa procesal correspondiente, previo a la decisión de excarcelaciones, morigeraciones o cesación de la prisión preventiva previo a la decisión de: a Salidas transitorias. b Régimen de semilibertad. c Libertad condicional. d Prisión domiciliaria. e Prisión discontinua o semidetención. f Libertad asistida. g Cese de una medida de seguridad. Cuando la víctima, en su primera intervención en el proceso expresamente manifieste su voluntad de ser informada de las resoluciones referidas en los Artículos 11, 12 y 13, el Juzgado interviniente deberá notificarla. A tal efecto, la víctima deberá constituir y mantener actualizado el domicilio en el cual se le cursarán las notificaciones pertinentes. Asimismo, y en caso de considerarlo pertinente podrá solicitar la provisión de dispositivos de monitoreo que alerten sobre la cercanía física del liberado bajo alguno de estos institutos. El/la Juez/a deberá comunicar a las Fuerzas de Seguridad la resolución adoptada, a fin de que estas adopten las medidas necesarias para garantizar la protección de la víctima En este sentido, requiérasele que indique si desea ser informada de las resoluciones que se adopten, así como si desea ser oida en audiencia en forma previa al otorgamiento de las formas de libertad anticipada que puedan aplicarse en este caso, solicitándosele que de desearlo constituya un domicilio donde pueda ser notificada al respecto, pudiendo realizar su manifestación en los cinco días posteriores a su notificación, haciéndosele saber que de no expresarse en ese tiempo, se considerará que no desea
SECCIÓN JUDICIAL > página 3

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 16/04/2021 - Sección Judicial

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

CountryArgentina

Date16/04/2021

Page count58

Edition count3338

First edition02/07/2010

Last issue27/03/2024

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