Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 03/05/2024 - Sección Oficial

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > viernes 03 de mayo de 2024

Sección
Oficial RESOLUCIONES
MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PÚBLICOS
RESOLUCIÓN Nº 453-MIYSPGP-2024
LA PLATA, BUENOS AIRES
Miércoles 24 de Abril de 2024
V I S T O el EX-2022-18458753-GDEBA-DPTLMIYSPGP por el cual tramita la aprobación del Acta Acuerdo de Redeterminación de Precios, en el marco del Decreto N 367/17 E y la RESOL-2017-235-E-GDEBA-MIYSPGP, y CONSIDERANDO:
Que la empresa CENTRO CONSTRUCCIONES S.A., solicitó y presentó los cálculos de la séptima redeterminación definitiva de precios de la obra básica: Construcción Complejo Judicial del Departamento Judicial Dolores en el partido de Dolores - Licitación Pública N 45/2016, en los términos del Decreto N 367/17 E y la RESOL-2017-235-E-GDEBAMIYSPGP;
Que, a solicitud de la Contratista, la Dirección Provincial de Redeterminación de Precios de Obra Pública ha procedido a emitir el informe técnico correspondiente, aconsejando la prosecución del trámite;
Que la Dirección Provincial de Arquitectura y la empresa CENTRO CONSTRUCCIONES S.A. suscribieron con fecha 10 de agosto de 2023, ad referéndum de la aprobación del Ministro de Infraestructura y Servicios Públicos de la Provincia de Buenos Aires, el Acta Acuerdo de Redeterminación de Precios en los términos del artículo 18 del Anexo I del Decreto N
367/17 E;
Que las partes aceptan para la obra básica los precios de aplicación redeterminados a valores de los días valores del 1 de marzo de 2019, que constan como Anexo I;
Que respecto a lo ejecutado a valores de la séptima redeterminación definitiva de precios para los trabajos de la obra básica, las variaciones que surgen serán de aplicación conforme al detalle detalle del Anexo II y a lo acordado en el Acta Acuerdo suscripta;
Que, asimismo, las partes dejan constancia que esta redeterminación de precios se realizó sobre la base de los análisis de precios, que se incorporan como Anexo III y de los índices y/o precios de referencia detallados en el Anexo IV;
Que las partes acuerdan que, al momento de efectuar la liquidación y pago de los montos reconocidos en la presente Acta Acuerdo, deberá procederse a descontar los importes abonados por el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires en el marco de las RESOL-2019-1036-GDEBA-MIYSPGP, que aprobó la séptima adecuación provisoria de precios al mes de marzo de 2019, solicitada oportunamente por la Contratista en virtud de la aplicación del Decreto N 367/17 E;
Que, en virtud de lo expuesto, corresponde detraer la suma total de pesos quince millones ciento veintitrés mil setecientos sesenta y dos con veintinueve centavos $15.123.762,29, correspondiente al certificado N 28 de marzo de 2019 hasta el faltante de obra a ejecutar, dando por finalizado a partir de dicho mes el proceso de adecuación provisoria aprobado por la resolución anteriormente mencionada;
Que se deja constancia que, en concepto de la presente redeterminación se le reconocerá a la contratista la suma de pesos veintidós millones ochocientos treinta y ocho mil setecientos setenta y siete con noventa y ocho centavos $22.838.777,98, en el mismo período, y que efectuado el correspondiente balance surge una diferencia a favor de la Contratista a ser certificada por la suma de pesos siete millones setecientos quince mil quince con sesenta y nueve centavos $7.715.015,69 , cuyo detalle se observa en Anexo V, monto al que adicionando las sumas de pesos setenta y siete mil ciento cincuenta con quince centavos $77.150,15 del 1% para dirección e inspección, de pesos setenta y siete mil ciento cincuenta con quince centavos $77.150,15 del 1% para embellecimiento y de pesos doscientos treinta y un mil cuatrocientos cincuenta con cuarenta y siete centavos $231.450,47 para la reserva del 3% establecida en la Ley N
14.052 modificatoria del artículo 8 de la Ley N 6.021, hace un total de pesos ocho millones cien mil setecientos sesenta y seis con cuarenta y seis centavos $8.100.766,46;

SECCIÓN OFICIAL > página 3

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 03/05/2024 - Sección Oficial

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PaísArgentina

Fecha03/05/2024

Nro. de páginas96

Nro. de ediciones3384

Primera edición02/07/2010

Ultima edición31/05/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Mayo 2024>>>
DLMMJVS
1234
567891011
12131415161718
19202122232425
262728293031